Por lo tanto
y en función del Reglamento para la prestación del servicio en su Art. 9º, se establece la
prohibición de lavar vehículos, veredas, regado de césped y calles, utilizando agua
potable.
Se solicita a los asociados, extremar todas las
medidas tendientes a reducir el consumo del vital líquido en su
domicilio.
Hasta tanto no se registren precipitaciones
importantes en la alta cuenca del arroyo, deberemos acostumbrarnos a utilizar cada vez menos agua,
de lo contrario en pocos días no la tendremos ni para nuestras necesidades
básicas.